INMIGRACIÓN
I-212
Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a los Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido.
Si usted resulta inadmisible bajo la sección 212(a)(9)(A) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), debe pedir el consentimiento para volver a solicitar admisión a los Estados Unidos, antes de que pueda regresar legalmente a los Estados Unidos. Al “consentimiento para volver a solicitar admisión” también se le conoce como “permiso para volver a solicitar entrada”.
La duración de dicha inadmisibilidad es de cinco años si la persona en cuestión fue removida al llegar a los Estados Unidos, a través de un proceso de expulsión.
El período de inadmisibilidad es de diez años para aquellos que se sometieron a una audiencia de deportación y que luego fueron ordenados para ser destituidos, o que dejaron los EE. UU. por su cuenta mientras todavía había una orden de expulsión pendiente. También, la inadmisibilidad puede ser 20 años para cualquier orden de deportación posterior.
Delito grave agravado
Sin embargo, debes tener en cuenta que, si te declaran culpable de un delito grave, tu inadmisibilidad es para siempre (ilimitada) y debe obtener una exención I-212 a pesar del hecho de que no fuiste expulsado de los Estados Unidos debido a la convicción o delito grave o que tu condena por delito grave se produjo después de que ya te habían expulsado de los Estados Unidos.
Intentando volver a ingresar a los EE.UU
Si eres extranjero y se ha ordenado tu deportación después de haber estado presente ilegalmente en los Estados Unidos por un período superior a un año, y posteriormente vuelves a ingresar a los EE. UU., o intentas volver a ingresar a los EE. UU. sin pasar por los canales apropiados, entonces tu inadmisibilidad sería permanente. Tendrás entonces que solicitar una exención I-212 para obtener el permiso para volver a solicitar la admisión, pero solo puedes hacerlo una vez que haya transcurrido el período de 10 años desde la última vez que saliste de los Estados Unidos.
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La exención I-212
Sin embargo, en términos de la exención I-212, puedes presentar una solicitud para volver a aplicar en términos de la Sección 212 (a) (A) ((iii) de INA si deseas regresar a los Estados Unidos antes del fin del período de exclusión prescrito.
Factores que determinan el éxito de las solicitudes de exención I-212:
El USCIS tiene una discreción primordial cuando se trata de evaluar las exenciones I-212 que solicitan permiso para volver a presentar la solicitud antes del final de los períodos de exclusión. Los siguientes factores se toman en consideración cuando se trata de determinar el otorgamiento de permiso para la reinserción temprana:
- La base sobre la cual fuiste deportado.
- Qué tan recientemente fuiste deportado.
- El tiempo que estuviste en los Estados Unidos en el momento de tu deportación y el estado que tuviste durante ese tiempo.
- Si tienes o no vínculos familiares y responsabilidades en los Estados Unidos.
- Cualquier evidencia de buen carácter moral.
- Tu respeto por la ley y el orden.
- Cualquier evidencia de que estás reformado y rehabilitado.
- Evidencia de dificultades tanto para ti como para otros debido a su deportación.
- Si tus servicios son requeridos en los Estados Unidos.
- Si ya has obtenido una solicitud de visa de inmigrante o no inmigrante aprobada.
- Si no hay factores negativos o indeseables significativos que afecten tu reingreso.
Factores negativos que afectan la reentrada:
- Si hay evidencia de depravación moral, esto incluye tendencias y un historial criminal continuo.
- Si has violado repetidamente las leyes de inmigración y otras leyes.
- Si existe la posibilidad de que no puedas cuidarte solo.
- Si tienes mala salud mental o física. Ten en cuenta, sin embargo, que si necesitas que te traten en los EE. UU. para tal condición, esto se tomaría realmente como un factor positivo.
- Si no tienes vínculos familiares en los Estados Unidos.
- Si has estado casado de forma ilegítima con un ciudadano de los Estados Unidos con el objetivo de obtener beneficios de inmigrante.
- Si has estado desempleado ilegalmente en los EE. UU.
- Si no tienes ninguna habilidad para la cual se podría emitir certificación laboral.
- Si estás en violación grave de las leyes de inmigración del país y no muestras signos de haberte reformado.
- Si hay otros motivos para tu inadmisibilidad en los Estados Unidos.
En general, el consentimiento I-212 para volver a solicitar la admisión se emite si el ciudadano extranjero, es beneficiario de una solicitud aprobada por empleo o familiar; si solo ha sido removido previamente de los Estados Unidos una vez; si no tiene antecedentes penales; si no ha violado las leyes de inmigración y si puede demostrar que su deportación ha causado dificultades a su familia o empleador en los Estados Unidos.
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